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viernes, noviembre 22, 2024

Aficionados del Real Madrid sin avión pueden reclamar 250 euros, el reembolso del billete y entradas

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MADRID, 1 Jun. (EUROPA PRESS) –

Los madridistas que se han quedado en tierra por la avería de su avión pueden reclamar 250 euros de compensación, reembolso del billete y entradas no disfrutadas por perderse la final, según ha informado la plataforma reclamador.es en un comunicado.

«Las averías de los aviones no son circunstancias de fuerza mayor para las aerolíneas, por lo que los aficionados del Real Madrid que se han quedado en tierra y no han podido volar a Londres para presenciar la final de la Champions de esta noche ante el Borussia de Dortmund pueden reclamar una compensación económica de hasta 250 euros», ha explicado.

En este sentido, la plataforma ha indicado que los aviones pasan estrictos controles y las aeronaves deben mantener un correcto mantenimiento. Cuando se produce un importante retraso en un vuelo como consecuencia de una avería del aeroplano, «la normativa no considera estos hechos causas de fuerza mayor o circunstancia ajena a la aerolínea».

«Las compañías aéreas no pueden ampararse en problemas técnicos para negar la compensación que establece la normativa europea para los casos de cancelación o retraso de vuelo. Cuando un vuelo se retrasa más de tres horas o, como en este caso, los pasajeros sufren una cancelación, provocándoles no poder realizar finalmente el desplazamiento, es imperativo. La aerolínea tiene que asumir el pago de las compensaciones correspondientes y el reembolso del resto de gastos ocasionados», ha defendido la directora de Operaciones de reclamador.es, Ana Rodríguez.

Asimismo, ha recordado una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 31 de enero de 2013, que analizó lo que se puede entender como circunstancia extraordinaria que exonera a las compañías aéreas, y la interpretación que se debe dar del artículo 5.3 del Reglamento 261/2004 debe ser claramente restrictiva, por lo que los problemas técnicos detectados con ocasión del mantenimiento de las aeronaves o causas de fallos en dicho mantenimiento no pueden ser consideradas circunstancias extraordinarias».

«Hay que indemnizar a los pasajeros afectados. En este caso, para el vuelo afectado entre Madrid y Londres, cuya distancia es inferior a 1.500 kilómetros, la indemnización que establece el Reglamento 261/2004 sería de 250 euros para cada uno de los 270 madridistas que se han quemado en tierra. Además, la aerolínea tendría que hacer frente al reembolso del billete de avión y las entradas no disfrutadas del partido», ha recalcado la plataforma.

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