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lunes, diciembre 23, 2024

Competición sanciona a Xavi Hernández con 2 partidos tras su expulsión en el Cívitas

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El Comité mantiene la amarilla a Vinicius por no ser «aplicable la provocación» de la grada como «circunstancia atenuante» a su protesta al árbitro

MADRID, 21 Mar. (EUROPA PRESS) –

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha sancionado al entrenador del FC Barcelona, Xavi Hernández, con dos partidos de suspensión tras la doble amonestación que vio en el Cívitas Metropolitano, en la victoria de su equipo el pasado fin de semana en LaLiga EA Sports, mientras que no levanta la tarjeta amarilla al jugador del Real Madrid Vinícius Jr por sus protestas al colegiado.

En cuanto a Xavi Hernández, reincidente en expulsiones esta temporada, el Comité le pone una sanción de dos partidos –no estará en el banquillo contra Las Palmas ni Cádiz– tras ser expulsado en el duelo contra el Atlético de Madrid (0-3) del pasado domingo. Sanción que justo terminará antes del Clásico del 21 de abril en Madrid.

» Xavi fue amonestado inicialmente por formular o realizar observaciones, gestos o reparos al árbitro, y finalmente expulsado por protestas al cuarto árbitro, quien pidió al colegiado principal que amonestara al de Terrassa y lo expulsara del encuentro.

El comité considera que debe aplicarse una snación de dos partidos de suspensión por «protestas al/a la árbitro/a, con multa accesoria en cuantía de 700 € al club y de 600 € al infractor».

Xavi fue expulsado en el minuto 42 del encuentro por, según recoge el acta arbitral, el siguiente motivo: «realizar observaciones de carácter técnico a una de mis decisiones, voz en grito, realizando gestos de desconsideración y tras haber sido advertido previamente por el 4º árbitro».

El club blaugrana alegó la existencia de un error material manifiesto para pedir la anulación de la suspensión, pero la prueba gráfica en la que aseguran que el técnico «no gritó ni realizó gestos de desconsideración al cuarto árbitro» ha sido denegada por el Comité de Competición.

Desde la entidad ‘culer’ creen que Xavi se «limitó a exteriorizar su sorpresa e incredulidad ante la decisión arbitral», expresándose de «manera natural en un gesto que en ningún caso puede considerarse como desconsiderado». Niega también el club que gritase al cuarto árbitro ni a ningún otro miembro del equipo arbitral.

No obstante, Competición asegura que el «repetido visionado» de las imágenes no ha permitido concluir, más allá de toda duda, que la acción que motivó la expulsión no se produjo tal y como la describió el colegiado y, en definitiva, probar el error material manifiesto en el relato arbitral.

«Esto es, dado que únicamente muestra los segundos finales de la mencionada acción, y no lo que ocurrió inmediatamente antes, este órgano disciplinario no ha podido concluir que el entrenador no protagonizó la conducta que le reprocha el colegiado. Procede, por tanto, la desestimación de las alegaciones y el mantenimiento de las consecuencias disciplinarias la acción señalada en el acta arbitral», apuntó el Comité.

SE MANTIENE LA SANCIÓN A VINÍCIUS JR.

Por otro lado, el Comité de Competición también mantiene la tarjeta amarilla al jugador del Real Madrid Vinícius Jr., vista por protestar airadamente al colegiado y riéndose en la cara del árbitro. Una acción (la amonestación) que el club blanco denunció para toparse con el rechazo absoluto de LaLiga y resto de clubes de la competición, que apoyan al colegiado Martínez Munuera.

Vistas las alegación Real Madrid Club de Fútbol respecto a la amonestación, el Comité de Disciplina considera que debe mantenerse la amarilla al jugador brasileño.

«El club alegante señala en su escrito que el jugador amonestado viene soportando de modo habitual actos de racismo, odio e intolerancia en todos los campos de fútbol que visita el Real Madrid, afirmando asimismo que viene ‘siendo habitual la absoluta pasividad del colectivo arbitral y de la propia Federación’ y que ‘dicha desproteccion y pasividad se evidencia en las reiteradas denuncias que esta parte ha tenido que interponer ante la Fiscalía General de Estado ante hechos que se repiten partido tras partido, sin que los árbitros dejen consignado los actos violentos, xenófobos y racistas en las actas de los partidos, blanqueándolos'», explica el Comité.

Tras ello, el Real Madrid señala que en concreto el jugador tras marcar el gol que abrió el marcador para su equipo, recibió el insulto de «hijo de puta» y que en el minuto 36:45 del partido se profirieron cánticos contra el jugador con el siguiente mensaje: «Vinicius muérete, Vinicius muérete».

«En relación con la amonestación mostrada al Jugador en el minuto43, se alega que ‘se produjo pocos minutos después de que el Jugador escuchara de forma coral y perfectamente audible, el cántico de ‘Vinicius muérete, Vinicius muérete'», señala Competición en cuanto a la defensa del club blanco.

En este sentido, el Real Madrid añade que la actitud de Vini Jr. con el árbitro «no es más que fruto de la frustración e indefensión» al comprobar la evidente pasividad del árbitro respecto de los cánticos que se estaban profiriendo contra su persona y que «la actitud del jugador por la que fue amonestado vino precedida de una provocación suficiente, que es no es otra que cánticos deseándole la muerte».

La respuesta del Comité de Competición es que, pese a considerar y a tener en cuenta que la «actitud viciada del jugador es producto y consecuencia de una provocación suficiente por parte de los aficionados del equipo rival» y que los cánticos que alega el club blanco «resultan sin duda intolerables y reprobables» y merecen un procedimiento sancionador, no se debe quitar la amarilla.

«Respecto a la amonestación que aquí se recurre, no solo no se desvirtúa la presunción de veracidad del acta arbitral, sino que se reconoce que la protesta existió, si bien sería resultado ‘de la frustración e indefensión al comprobar la evidente pasividad del árbitro respecto de los cánticos que se estaban profiriendo contra su persona’. Tal circunstancia fáctica de pasividad, de enorme gravedad, no queda en absoluto acreditada y además resulta patente que todo jugador profesional conoce,o debería conocer, el resultado de la acción de protestar al árbitro», defiende Competición.

«Sean cual sean las razones que pudieran esgrimirse para justificar tal protesta, siendo asimismo patente que en nuestro ordenamiento jurídico no puede invocarse que se está produciendo una infracción, por reprobable que pueda ser, para justificar que se cometa otra. Por último, se entiende que no resulta aplicable la provocación suficiente como circunstancia atenuante, pues la sanción de amonestación no admite grados en su imposición. Por ello procede desestimar las alegaciones formuladas», asegura el Comité en su resolución.

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